Por P.A. David Nesher
“ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.”
(Éxodo/Shemot 21:24-25)
Lamentablemente, al leer sin comprensión adecuada, la mayoría de las personas quedan expuestas a sacar conclusiones distorsionadas sobre la naturaleza de la «Justicia», como enseña la Torah, y de hecho permitir falsas suposiciones sobre la naturaleza de Yahvéh, el Autor de la moralidad que la Torah enseña.
Para muchos estudiosos cristianos de la Biblia, estos versos parecen exigir una interpretación literal y expresar una actitud de venganza que ha sido llamada justicia «ojo por ojo» o Ley del Talión. Es decir que, si el autor ha causado la pérdida de un ojo (pie, mano, etc), su castigo es ocasionarle violentamente la pérdida su ojo (pie, mano, etc). A este tipo de justicia también se la denomina Justicia Talibán.
Sin embargo, al leer el Talmud Bava Kama en la sección Masejet (capítulo HaJovel , «El que hiere«), logramos encontrar la interpretación correcta. Este texto explica la verdadera posición de la Torah con respecto a la sanción de las personas que causan a otros a perder sus extremidades o la utilización de sus órganos sensoriales.
Entonces, según el Talmud, la Torah aquí no se refiere a tomar los órganos del otro en recompensa por un daño hecho. Más bien, la Torah está legislando el hecho de pagar con dinero el valor del miembro dañado, según la disminución del valor de la persona en comparación con una persona intacta, en el caso de que hubiese sido vendida en un mercado. Por ejemplo, si una persona, trabajando con dos manos y dos pies, ganaba 100 y, después de la pérdida de alguno de sus órganos, sólo podrá ganar 40, el agresor tendrá que indemnizarle el 60% durante el resto de su vida, para recompensarle la pérdida.
Insisto en esto: la Torah no enseña esta ley para que se entienda de manera literal sino desde una interpretación muy diferente. No se trata de la amputación de algún miembro del victimario, sino más bien de una compensación económica. La palabra “ por” de “Ojo por ojo”, es el hebreo tajat, que significa también “a cambio”, “en sustitución”. Según esto, el responsable tiene que pagar una indemnización económica en caso de mutilación o daño físico.
Para lograr entender esto, debemos saber que la Torah exige un castigo monetario clasificado en cinco partes, que consiste en:
⚖ Nezek, el pago por la reducción en el poder adquisitivo,
⚖ Tzaar, el pago por el dolor sufrido,
⚖ Ripuy, el pago de gastos médicos,
⚖ Shevet, Compensación «desempleo» y
⚖ Boshet, el pago de la vergüenza y la humillación.
Para entender este procedimiento jurídico tomaremos un ejemplo. Supongamos que la víctima era un pianista virtuoso, y la lesión implicó la pérdida de su mano derecha, los pagos podrían ser calculado de la siguiente manera:
Nezek, una estimación que se hace de su potencial de ganancias futuras como pianista, ahora perdido para siempre con él. Así, suponiendo que hubiera realizado un centenar de conciertos adicionales durante el resto de su carrera, ganando $ 100.000 por cada uno, la pérdida sería de $ 10.000.000.
Tzaar, el pago para el dolor, la cantidad dependerá de la estimación del Bet Din (Casa de Justicia) de su tolerancia al dolor. En este caso, la estimación podría ser $ 1.000.000.
Ripuy, el pago de los gastos médicos, suponiendo una operación de emergencia inicial, treinta pagos para la rehabilitación y veinte pagos para el montaje y la fijación de una mano artificial: $ 950.000.
Shevet, seguro de desempleo, para el período de tres meses, cuando estaba «de espaldas», y ni siquiera podía trabajar por el salario mínimo: $ 3.000.
Boshet, el pago por la vergüenza, la estimación se realiza, según el Talmud, que corresponde a la persona que avergonzó y el que fue avergonzado. Puesto que un artista intérprete o ejecutante artístico suele ser bastante sensible, el monto de este pago podría ser de alrededor de $ 20.000.000.
El pago total, por lo tanto, sería de aproximadamente 31.953.000 dólares, una suma grande de dinero, pero no es grande en comparación con la pérdida de una carrera, y la pérdida de la mano.
La primera de las cinco clases de compensación, por daño físico (nezek), es empleada, de por vida, en el caso de que una persona tenga pérdidas en su trabajo por ese daño.
Vemos así que la Torah intenta castigar al culpable, pero por medio de una indemnización económica; se trata de reparar el daño de alguna manera, hacerse responsable por el perjuicio ocasionado, pero no mediante caminos violentos y vengativos. Se insiste en reparar el daño.
Por lo tanto, lo que la Torah busca al dar esta mishpá es la compensación del agraviado.
Nadie en su sano juicio creerá que al sacarle un ojo sano al que causó la pérdida, causará que el agraviado vuelva a tener un ojo, o que al sacarle un diente al que hiere, se producirá que el agraviado pueda volver a comer como antes, de hecho, es imprescindible conocer el contexto.
Debemos aceptar que el concepto de rectificar y reparar (Tikún) está muy ligado al mundo de la revelación que da la Torah.
El desafío y la misión que tenemos como seres humanos, según este modelo de pensamiento, es esforzarnos por buscar, por medio de nuestras acciones, el Tikún Olam (la Reparación del Mundo) a través de la reparación de las vasijas destruidas. Por ende, reflexionando correctamente en la idea de esta mishpá, podemos pensar que cada vez que cometemos un daño a nuestro prójimo, y no me refiero solamente a un daño físico, es nuestro deber repararlo de alguna manera y de este modo tratar de corregir el mundo y lograr el Tikún Olam, es decir, la reparación del universo. Debemos pagar los daños, no con violencia y agresión sino con sensibilidad, comprensión por lo que causamos, y empatía con la persona que ha sufrido por alguna acción consciente o inconsciente que hemos realizado.
Shalom!