Avanza en Brasil el derecho constitucional a la felicidad
La Comisión de Constitución y Justicia, considerada la más importante de la Cámara Alta, con apoyo de oficialismo y oposición votó a favor de que la felicidad sea incluida en el capítulo sexto de la Carta Magna.
En caso de que la propuesta sea sancionada por el Congreso, el artículo 6 de la Constitución Federal, con su modificación, quedaría así: «son derechos sociales, esenciales a la búsqueda de la felicidad, la educación, la salud, la alimentación, el trabajo, la vivienda, el esparcimiento, la seguridad, la previsión social, la protección a la maternimdad y a la infancia, y la asistencia a desamparados».
El autor de la iniciativa, el senador Cristovam Buarque, dijo que la felicidad no es abstracta y citó un estudio elaborado por economistas en que se consignan variables cuantificables de la misma.
«La relevancia de ese estudio está en que determinó elementos concretos para establecer qué es la felicidad» en términos jurídicos y constitucionales, alegó Buarque.
La enmienda constitucional no obligaría al gobierno a crear proyectos especiales para garantizar la felicidad, sino que el objetivo, según Buarque, sería orientar «en el imaginario de la sociedad la importancia de la dignidad humana».
La iniciativa fue girada al plenario del Senado donde deberá ser aprobada por 3/5 de los congresistas por tratarse de una ley especial que modifica la Constitución.
Fuente: Télam